martes, 8 de julio de 2008

CARTA DE CRÉDITO

La carta de crédito es un documento utilizado como instrumento para realizar intercambios entre personas, principalmente en el comercio exterior, aunque éste no es su único uso.
Las partes necesarias en una transacción llevada a cabo usando una carta de crédito son: El comprador u ordenante del crédito, el cual solicita la apertura de un crédito; el vendedor o beneficiario del crédito, quien ha de cumplir con la obligación de entregar la mercancía en los términos acordados; el banco emisor de la carta de crédito, así como otros bancos que se encargan de entregar el dinero al beneficiario, de notificarle el crédito a su favor, etc.

Comercio exterior y actividad económica en Colombia en el siglo XX: Exportaciones totales y tradicionales

Documento elaborado por el Grupo de estudios del crecimiento económico colombiano y que hace parte de la serie Borradores de economía, de la Subgerencia de estudios económicos del Banco de la República, núm. 163, noviembre de 2000.

Comunidad Andina

Página principal de la Comunidad Andina, con enlaces a todas sus dependencias.

Estadísticas de comercio exterior

Estadísticas de comercio exterior elaboradas por el Departamento Nacional de Planeación.

Estadísticas del Banco de la República sobre el sector externo

Contiene datos y cifras sobre la tasa representativa del mercado, las monedas de países vecinos, monedas de reserva, las tasas de interés externas, subastas de opciones, reservas internacionales, inversión extranjera, deuda externa, mercado interbancario de divisas, balanza de pagos, etc.

Estadísticas Mincomex

Estadísticas de exportaciones e importaciones anuales y por periodos, balanza comercial por sectores y zonas económicas.

Ministerio de Comercio Exterior

Enlace a la página oficial del Ministerio de Comercio Exterior de la República de Colombia.

Proexport

Entidad que promueve las exportaciones colombianas, presta apoyo y asesoría integral a los empresarios nacionales en sus actividades de mercadeointernacional, mediante servicios que facilitan el diseño y ejecución de un plan exportador.

miércoles, 25 de junio de 2008

GLOSARIO 2




*MERCANCIA NACIONALIZADA

Es la mercancía de origen extranjero que se encuentra en libre disposición por haberse cumplido todos los trámites y formalidades exigidos por las normas aduaneras.

*MERCANCIA EN LIBRE DISPOSICION

Es la mercancía que no se encuentra sometida a restricción aduanera alguna.

*MERCANCIA DE DISPOSICION RESTRINGIDA

Es aquella mercancía cuya circulación, enajenación o destinación está sometida a condiciones o restricciones aduaneras.

*MENAJE

Es el conjunto de muebles, aparatos y demás accesorios de utilización normal en una vivienda.

*MANIFIESTO EXPRESO

Es el documento que contiene la individualización de cada uno de los documentos de transporte correspondientes a las mercancías que son introducidas al territorio aduanero nacional o salen de él bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes.

*MANIFIESTO DE CARGA

Es el documento que contiene la relación de todos los bultos que comprenden la carga, incluida la mercancía a granel, a bordo del medio de transporte y que van a ser cargados o descargados en un puerto o aeropuerto, excepto los efectos correspondientes a pasajeros y tripulantes y que el capitán o conductor de dicho medio debe entregar con su firma a la autoridad aduanera.


*DOCUMENTOS DE VIAJE

Son el Manifiesto de Carga, con sus adiciones, modificaciones o explicaciones, las guías aéreas, los conocimientos de embarque o cartas de porte, según corresponda, y el documento consolidador de carga y sus documentos hijos, cuando a ello haya lugar.

*ENDOSO ADUANERO

Es aquel que realiza el último consignatario del documento de transporte, a nombre de un intermediario aduanero para efectuar trámites ante la autoridad aduanera. El endoso aduanero no transfiere el dominio de las mercancías.

viernes, 20 de junio de 2008




-MODALIDADES DE IMPORTACION

A continuación encontrará la definición de las diferentes modalidades de importación que contempla el Decreto 1909 de 1.992 y sus modificaciones.

-IMPORTACION ORDINARIA :

Es la introducción de mercancía procedente del extranjero o de zona franca colombiana, al territorio nacional para permanecer en él indefinidamente y en libre disposición, cancelando previamente los tributos aduaneros del caso, y cumpliendo con el procedimiento legal previsto para el efecto.


-IMPORTACION CON FRANQUICIA :

Es aquella importación que, en virtud de tratado, convenio o ley, goza de exención total o parcial de tributos aduaneros y con base en la cual la disposición de la mercancía estará restringida, salvo lo dispuesto en la norma que consagra el beneficio.


REIMPORTACION POR PERFECCIONAMIENTO PASIVO :

Se define como la importación de mercancía exportada temporalmente para elaboración, reparación o transformación. Causará tributos aduaneros sobre el valor agregado en el exterior, incluidos los gastos complementarios a dichas operaciones, para lo cual se aplicarán las tarifas correspondientes a la subpartida arancelaria del producto terminado que se importa. La mercancía así importada quedará en libre disposición.


-REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO :

Es la importación sin el pago de los tributos aduaneros de la mercancía exportada temporal o definitivamente cuando se encontraba en libre disposición, siempre que no haya sufrido modificación en el extranjero y se establezca plenamente que la mercancía que se reimporta es la misma que se exportó y que se reintegraron los tributos y beneficios obtenidos con la exportación. La mercancía así importada quedará en libre disposición.



-IMPORTACION EN CUMPLIMIENTO DE GARANTIA :

Es la importación sin el pago de los tributos aduaneros de la mercancía que en cumplimiento de una garantía del fabricante o proveedor, se haya reparado en el exterior o reemplace otra que haya resultado averiada, defectuosa o impropia para el fin que fue importada. La mercancía así importada quedará en libre disposición.


-IMPORTACION TEMPORAL PARA REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADO :

La importación temporal se define como la importación con suspensión de tributos aduaneros, de determinadas mercancías destinadas a la reexportación en un plazo señalado, sin haber experimentado modificación alguna, con excepción de la depreciación normal originada en el uso que de ellas se haga, y con base en la cual su disposición quedará restringida. Estas pueden ser de dos clases:

A) DE CORTO PLAZO:

Cuando la mercancía se importa para atender una necesidad específica que determine su corta permanencia en el país. El plazo máximo de la importación será de 6 mese, prorrogables hasta por 3 meses más

B)DE LARGO PLAZO:

Cuando se trata de la importación de bienes de capital, sus accesorios, partes y repuestos siempre que vengan en el mismo embarque. El plazo máximo de esta importación es de 5 años. -

-IMPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO :

Es aquella importación temporal que permite recibir dentro del territorio aduanero colombiano, con suspensión total o parcial de derechos de importación, mercancías destinadas a ser reexportadas parcial o totalmente en un plazo determinado, después de haber sufrido transformación, elaboración o reparación, así como los insumos necesarios para estas operaciones.

Las clases de importación temporal aduanero son:

a) Importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital.

b) Importación temporal en desarrollo de Sistemas Especiales de Importación-Exportación.

c) Importación temporal para procesamiento industrial.

La Importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital, es la modalidad que permite la importación temporal de bienes de capital, con suspensión de tributos aduaneros, destinados a ser reexportados, después de haber sido sometidos a reparación o acondicionamiento, en un plazo no superior a seis (6) meses y con base en la cual su disposición queda restringida.

Bajo esta modalidad podrán importarse también las maquinarias, equipos, repuestos y las partes para fabricarlos en el país, que vayan a ser utilizados en la producción y comercialización, en forma total o parcial, de bienes y servicios destinados a la exportación. Las mercancías así importadas quedan con disposición restringida.

Los Usuarios Altamente Exportadores autorizados para utilizar esta modalidad, deberán presentar la Declaración de Importación indicando la modalidad para procesamiento industrial y sin el pago de tributos aduaneros.

-IMPORTACION PARA TRANSFORMACION O ENSAMBLE :

Es la modalidad bajo la cual se importan mercancías que van a ser sometidas a procesos de transformación o ensamble, por parte de industrias reconocidas como tales por la autoridad competente, y autorizadas para el efecto por la Dirección de Aduanas Nacionales, y con base en la cual su disposición quedará restringida.

-TRAFICO POSTAL Y ENVIOS URGENTES POR AVION :

Es la modalidad por medio de la cual podrán ser objeto de importación por tráfico postal los envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos urgentes por avión, siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:

a) Que su valor no exceda de quinientos (US$ 500) dólares de los Estados Unidos de Norte América

b) Que no constituyan expediciones comerciales .

c) Que su peso no exceda veinte (20) kilos .

d) Que sus medidas no supere1,50 metros en cualquiera de sus dimensiones, ni 3 metros la suma de la longitud y el mayor contorno.

Con el nuevo estatuto aduanero esta modalidad queda así;

a) Que su valor no exceda de mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$1.000).

b) Que su peso no exceda de dos (2) kilogramos en el caso de los paquetes postales y de veinte (20) kilogramos para los envíos urgentes.

c) Que no incluyan mercancías sobre las cuales existan restricciones legales o administrativas para su importación.

d) Que no incluyan los bienes contemplados en el artículo 19 de la Ley 19 de 1978, aprobatoria del Acuerdo de la Unión Postal Universal.

e) Que sus medidas no superen un metro con cincuenta centímetros (1.50 mt.) en cualquiera de sus dimensiones, ni de tres metros (3 mt.) la suma de la longitud y el mayor contorno tomado en sentido diferente al de la longitud, cuando se trate de paquetes postales.


-ENTREGAS URGENTES :

Por medio de esta modalidad, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, podrá autorizar sin trámite previo alguno, la entrega directa al usuario, de determinadas mercancías que así lo requieran, bien sea porque ingresen como auxilio para damnificados de catástrofes o siniestros, por su especial naturaleza o porque respondan a la satisfacción de una necesidad apremiante.


-REGIMEN DE VIAJEROS Y MENAJE DOMÉSTICO :

En el nuevo estatuto aduanero se recoge la modalidad de viajeros y menajes doméstico que se encontraba en legislación dispersa quedando de la siguiente forma:

La modalidad de importación de viajeros sólo es aplicable a las mercancías que no constituyan expedición comercial y sean introducidas por los viajeros.

Los efectos personales que ingrese el viajero no se tendrán en cuenta para la determinación del cupo de mercancías de que trata este artículo.
Los viajeros que ingresen al país, tendrán derecho a traer equipaje acompañado, sin registro o licencia de importación, hasta por un valor total de mil quinientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$1.500) o su equivalente y con franquicia del tributo único.

De otra parte los residentes en el exterior que ingresen al territorio aduanero nacional para fijar en él su residencia, tendrán derecho a introducir los efectos personales y el menaje doméstico correspondiente a su unidad familiar, sin que para ello se requiera Registro o Licencia de Importación.

miércoles, 18 de junio de 2008

MODALIDADES DE IMPORTACION


Son las diferentes formas de declarar la mercancía objeto de importación e indican si la misma queda sujeta a restricciones aduaneras una vez haya obtenido el levante, o si por el contrario, quedan en libre disposición.

De esta forma, dependiendo de las transacciones comerciales que realice el importador, podrá acogerse a la modalidad de importación que más se ajuste a sus necesidades y las de sus proveedores en el exterior.


*Reimportación por perfeccionamiento pasivo

*Reimportación de mercancías en el mismo estado

*Importación en cumplimiento de garantía del proveedor

*Importación temporal para reexportación en el mismo estado (corto plazo, largo plazo, arrendamiento financiero y vehículos de turistas)

*Importación temporal para perfeccionamiento activo (bienes de capital, sistemas especiales de importación y exportación y procesamiento industrial)

*Importación para transformación o ensamble

*Importación por tráfico postal y envíos urgentes

*Importación de mercancías bajo la modalidad de entregas urgentes (como auxilio para damnificados de catástrofes o siniestros, en razón de la naturaleza o para atender una necesidad apremiante)

*Viajeros (importación de equipajes y menajes

martes, 17 de junio de 2008

GLOSARIO



* Zona Franca
-Parte del territorio nacional debidamente delimitada y en la q las mercancias que en ella se introduzcan se consideran como si no estuviesen en el territorio aduanero con respecto a los derechos y tributos de importacion y no estan sometidos al control habitual de ADUANAS.
-Las Zonas Francas son áreas geográficas específicas cuyo objetivo es la industrialización con fines de exportación. Colombia cuenta con 16 Zonas Francas, 4 en la costa atlántica y pacífica (Barranquilla, Cartagena, Santa Marta y Pacífico).
* Zona Primaria Aduanera:
Parte del territorio aduanero que comprende los recintos aduaneros, espacios acuaticos o terrestres destinados o autorizados para las operaciones de desembarque, embarque, movilizacion o deposito de las mercancias; las oficinas locales o dependencias destinadas al servicio directo de una aduana.
* Zona Secundaria Aduanera:
Es aquella parte del territorio aduanera que le corresponde a cada aduana en la distribucion de que ellos haga el superintendente nacional de aduanas para efectos de la competencia, intervencion y obligaciones de cada una.
*Regimen Aduanero:
-Tratamiento aplicable a las mercancias q se encuentran bajo potestad aduanera y que, según la naturaleza y fines d la operacion.
-Los diferentes destinos específicos a los que quedan sujetas las mercancías que se encuentran bajo potestad aduanera de acuerdo con los términos de la declaración presentada por el interesado.
* Transito Aduanero:
Es el regimen aduanero que permite el transporte de mercancias nacionales o de procedencia extranjera bajo control aduanero, de una aduana u otra situadas en el territorio aduanero nacional. Este regimen se puede dar las modalidades de transito cabotaje y transbordo.
* Operador De Transporte Multimodal:
Es aquella persona natural o juridica d caracter público o privado, oficialmente autorizada, que suscribe el conterato de transporte multimodal, se hace responsable por la organizacion y ejecucion d este transporte
* Operacion De Transito Aduanero:
Transporte de emrcancias en transito aduanero de una aduana de partida a una aduana destino.
*Precinto aduanero:
Conjunto formado por un precinto y una ligadura unidos en condiciones que ofrecen total seguridad. Los precintos aduaneros se utilizan para la aplicacion d determinados regimenes aduaneros con el fin d prevenir o de comprobar cualquier atentado a la integridad d los articulos sobre los que se colocan.
* La mercancia Presentada:
Es la mercancia d procedencia extranjera relacionada en el manifiesto d carga y en los documentos que lo adicione modifiquen o expliquen, que ha sido puesta a dispocision d la autoridad aduanera.
*Territorio Aduanero Nacional :
Demarcancion dentro d la cual se aplica la legislacion aduanera, cubre todo el territoruio nacional incluyendo el subsuelo, el mar meditorial.

sábado, 7 de junio de 2008

INCOTERMS 2000


RESPONSABILIDAD:

*Flete: valor de transporte

*Seguro


*Medio de transporte

Modo de transporte

*Derechos aduaneros::impuestos

Finalidad:

*Establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretacion de los terminos utilizados en el comoercio internacional evitando diferentes interrpretaciones tales terminos en los diferentes paises Los incoterms y u bariedad,indica en donde inicia y en donde termina la responzabilidad del que vende y en donde empieza la responzabilidad del comprador

*La propiedad de la mercancia no esta determinada por los incoterms este deve ser estimulado en una clasura de diferente del contrato de ventas Los incoterms determina el punto exsacto de la transferencia del riesgo y de la responsabilidad de cuidado de la mercancia entres el vendedor como el comprador

CATEGORIAS:
*E(EXW):Termino en el que vendedor pone la mercancia a dipocicion del comprador en la fabrica de vendedor

*F(FCA,FAS.FOS):El vendor se encarga de entregar la mercancia al medio de transporte escogido por el comprador

*C(CFR,CIF CPT Y CIP):El vendedor compra el transporte sin asumir el riesgo del perdido o daño de la mercancia o costos asumidos

*D(DAF,DES,DEQ,DDU,Y DDP):El vendedor soporta todos los gastos y el riesgo nesesarios para llavar la mercancia al pais destino

INCONTERMS 2000

Terminos comercializacion internacional,creada por la camara de comercio internacional para establecer reglas de interretacion de los negocios internacionales determinado la responsabilidad del comprador como el vendedor

miércoles, 28 de mayo de 2008

TLC(TRATADO DE LIBRE COMERCIO)


-QUE ES?
Es un acuerdo mediante el cual dos o más países reglamentan de manera comprehensiva sus relaciones comerciales, con el fin de incrementar los flujos de comercio e inversión y, por esa vía, su nivel de desarrollo económico y social.Los TLCs contienen normas y procedimientos tendientes a garantizar que los flujos de bienes, servicios e inversiones entre los países que suscriben dichos tratados se realicen sin restricciones injustificadas y en condiciones transparentes y predecibles.

-ANTECEDENTES
Históricamente, Estados Unidos ha sido el mayor socio comercial de Colombia, lo cual se refleja en las cifras del comercio bilateral. Durante la década de los 90’, Colombia buscó posicionar productos y consolidar su relación comercial con Estados Unidos. En 1991, bajo el principio de responsabilidad compartida en la lucha contra las drogas, el Congreso de ese país aprobó la Ley ATPA, a través de la cual, por 10 años, diversos productos colombianos se vieron beneficiados con la reducción, en algunos casos, y la eliminación, en la mayoría de ellos, del pago del arancel de importación a los Estados Unidos. En el año 2000, ante el inminente vencimiento de esta Ley y teniendo en cuenta la importancia que la misma revistió para la industria nacional en materia de producción, exportaciones y generación de empleo, se solicitó tanto la renovación, con miras a extender su cubrimiento en el tiempo, como su ampliación en número de productos. En agosto de 2002, el Congreso de los Estados Unidos aprobó nuevamente un esquema preferencial de aranceles bajo la denominada Ley ATPDEA, ampliando su vigencia hasta 2006, e incluyendo productos representativos de la oferta exportadora colombiana como son las confecciones y el calzado, entre otros.La aplicación del ATPDEA ha mostrado excelentes resultados, haciendo que para Colombia la extensión ilimitada en el tiempo de las preferencias Atpdea, así como el logro de mayor acceso de nuestros productos y servicios al mercado norteamericano resulte fundamental y, para lograrlo, la firma de un Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos se convierte en la herramienta más adecuada. Por ello, el Gobierno Nacional ha buscado suscribir un acuerdo como los negociados por ese país a nivel regional con México y Canadá-NAFTA, y a nivel bilateral como los negociados con Australia, Barhain, Israel, Jordania, Marruecos, Chile, Singapur, con los países Centroamericanos y la República Dominicana-CAFTA-DR, y los países AGOA .El momento no podría ser mas adecuado para Colombia, ya que la dinámica de relacionamiento comercial que se presenta en la actualidad, especialmente en lo que se refiere a Estados Unidos, implica que, de no adelantar la negociación del TLC, Colombia podría quedar en amplia desventaja frente a otras naciones que ya han logrado un acceso preferencial al mercado mas importante de América.De otro lado, las negociaciones del Area de Libre Comercio de las Américas –ALCA-, en las cuales Colombia se encuentra ampliamente comprometida, permiten la coexistencia de acuerdos bilaterales (entre dos naciones) o plurilaterales (entre mas e dos naciones), siempre que los derechos y obligaciones adquiridos bajo tales acuerdos no excedan los derechos y obligaciones del ALCA. Justamente, con la negociación bilateral Colombia busca lograr que los compromisos pactados con Estados Unidos sean más profundos que aquellos que serán asumidos por las 34 naciones que harán parte del ALCA, de manera de lograr mayor acceso que otros países al mercado norteamericano y, por lo tanto, mayor competitividad en este.Dado lo anterior y después de diversas gestiones, el Presidente Alvaro Uribe Vélez realizó una visita a su homólogo norteamericano George Bush en abril de 2003, en la cual solicitó al gobierno de los Estados Unidos considerar una negociación comercial bilateral, bien fuera con Colombia independientemente, o con los países andinos en conjunto. Esta solicitud estuvo acompañada por visitas del Ministro Jorge Humberto Botero a altos funcionarios del gobierno de los Estados Unidos, así como de un arduo trabajo por parte del Embajador de Colombia en Washington.El 8 de agosto de 2003, el Representante Comercial del USTR (Ministro de Comercio de los Estados Unidos), Robert Zoellick, se reunió en Bogotá con el Presidente Uribe y su equipo de Ministros, así como con el sector privado colombiano. En esta visita, Zoellick anunció la disposición del gobierno norteamericano para iniciar la negociación comercial con Colombia, lo cual representó un avance importante en las conversaciones tendientes a iniciar la negociación de un TLC con Estados Unidos.A mediados del mes de octubre de 2003, un equipo de alto nivel del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y de otros Ministerios efectuó una visita al equipo negociador de los Estados Unidos, con el fin de clarificar de manera preliminar algunos temas relativos a la negociación, teniendo como fundamento, el TLC firmado por ese país con Chile.El 18 de noviembre, en el marco de la VIII Reunión Ministerial del ALCA, llevada a cabo en la ciudad de Miami, se anunció oficialmente el lanzamiento de las negociaciones de un Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y los cuatro países andinos beneficiarios de la Ley ATPDEA, es decir Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia. Oficialmente Colombia, Ecuador y Perú dieron inicio a la negociación en mayo de 2004; Bolivia ha participado hasta la fecha como observador.

-OBJETIVO del TLC:
Los principales objetivos de las negociaciones son:Mejorar el bienestar de la población a través de mejores empleos y un mayor crecimiento económico basado en el aumento del comercio y la inversión nacional e internacional. Ampliar las ventas de nuestros productos y servicios en el exterior, tanto a nivel de número y cantidad como de países destino. En particular, esperamos poder ampliar las ventas de productos agrícolas en el exterior. Lograr que los acuerdos sean favorables para la prestación de servicios y propiciar la exportación de los mismos. Brindar a los inversionistas un ambiente de negocios más estable y seguro. Conseguir que los exportadores colombianos puedan participar en igualdad de condiciones en las compras que realiza el sector público en los demás países. Buscar reglas precisas en materia de ayudas que los países le dan directamente a sus productores, para que haya igualdad de condiciones y no crear distorsiones en el comercio. Igualmente, tener medidas claras sobre las prácticas restrictivas al comercio que aplican algunos países y propiciar normas para enfrentar las prácticas anticompetitivas. Buscar que la propiedad intelectual tenga niveles razonables de protección (con el fin de incentivar la producción de bienes, servicios y creaciones artísticas y literarias en Colombia), pero sin comprometer la salud de la población ni la posibilidad de contar con medicamentos y otros productos a precios accesibles para el público. Igualmente, se negocian limitaciones y excepciones a los derechos de propiedad intelectual Generar condiciones que logren mayores transferencias de nuevas tecnologías de otros países. Diseñar un sistema efectivo para la solución de las controversias que surjan con ocasión del tratado.Se oponen

-COLOMBIA A FIRMADO TLC CON:
México y con todos los países de América del Sur (excepto las Guyanas).Los cuatro tratados suscritos por nuestro país son los siguientes:
- El componente comercial de la Comunidad Andina (CAN), que incluye a Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela.
- El suscrito entre Colombia, Venezuela y México (conocido como G-3).
- El suscrito entre Colombia y Chile. (iv) El suscrito entre los países miembros de la CAN- Los de MERCOSUR (que incluye a Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay).

*¿Por que es importante negociar el TLC con Estados Unidos?Porque ofrece grandes ventajas para nuestro país, dado que permite a los empresarios colombianos entrar al mercado más grande del mundo en condiciones preferenciales. Porque países que compiten con nuestra oferta exportable, han firmado acuerdos de esta naturaleza con EEUU (o están en proceso de hacerlo). Esto supone que nuestros productos perderían su competitividad si Colombia no negocia un TLC que le garantice márgenes de preferencias iguales o mejores a los de sus competidores.Porque es el país que hoy en día compra más productos colombianos, generando empleo e importantísimos ingresos para nuestro país. Porque es necesario garantizar en el largo plazo las preferencias derivadas de la lucha contra el narcotráfico a través de la Ley Andina de Preferencias Arancelarias y Erradicación de la Droga (ATPDEA). Estas preferencias se acaban el 31 de diciembre del 2006. De ahí en adelante, los productos beneficiados tendrán que pagar nuevamente aranceles. Con un tratado de libre comercio, la entrada sin el pago de aranceles sería permanente.Porque Colombia necesita complementar y compensar el bajo dinamismo en las ventas hacia los países vecinos con ventas a mercados grandes, dinámicos y con alta capacidad de compra. Porque debemos buscar que otros productos, distintos al café y al petróleo (los cuales Colombia ha vendido tradicionalmente al exterior) además de otros servicios, tengan un mercado permanente y sin barreras para generar más empleo y bienestar a la población.Adicionalmente, ante la eventualidad de una disminución de las reservas petrolíferas probadas del país y una declinación de las exportaciones petroleras a EEUU, es necesario que Colombia compense progresivamente una disminución de las mismas y aumente sus flujos de inversión extranjera.

-¿QUIÉN TUVO LA INICIATIVA DE NEGOCIAR EL TLC?
Fue Colombia la mayor interesada en que comenzáramos las negociaciones para alcanzar un TLC con los Estados Unidos, a las cuales se han unido Ecuador y Perú, lo que nos concede una mayor capacidad negociadora.

-¿QUIÉN NEGOCIÓ?
El Equipo de Colombia en el marco del TLC lo conformaron representantes de todas las carteras involucradas en los temas de discusión, profesionales expertos en negociaciones internacionales.La coordinación del equipo estuvo en cabeza del ministro de Comercio, Industria y Turismo, Jorge Humberto Botero; mientras que al frente de las negociaciones se mantuvo durante todo el proceso Hernando José Gómez Restrepo, como jefe del equipo designado por Colombia.El grupo lo integraron expertos con formación académica interdisciplinaria y una experiencia laboral promedio de 20 años de los cuales, 12 han sido en temas de comercio y nueve en negociaciones internacionales.

-RONDAS DE NEGOCIACIONES:
22 meses duraron las negociaciones con Estados UnidosLas negociaciones se desarrollaron en 14 Rondas de discusión que tuvieron como escenario Colombia, Estados Unidos, Ecuador, Perú y hasta Puerto Rico.El proceso contó con una amplia participación de los distintos sectores económicos, sociales, académicos y políticos del país.Al cierre de la negociación, este lunes, se completaron 100 reuniones del denominado “Cuarto de al Lado”Bogotá, 27 feb. (SNE).- Un arduo trabajo que se prolongó por más de 22 meses dio como resultado este lunes el cierre de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Colombia y Estados Unidos.Las discusiones comenzaron el 18 de mayo de 2004 en la ciudad de Cartagena, donde se llevó a cabo la primera Ronda del proceso, y concluyeron esta madrugada en Washington, donde se cumplió la XIV y última Ronda de negociaciones.En los casi dos años que duró el proceso, negociadores de Colombia, Estados Unidos, Ecuador y Perú, se vieron las caras en rondas de discusión que se cumplieron tres veces en Washington, tres en Cartagena, dos en Lima, dos en Guayaquil y una en Fajardo (Puerto Rico) Atlanta, Tucson y Miami (Estados Unidos).Por Colombia participaron en la negociación cerca de 200 funcionarios públicos, que estuvieron a cargo de 24 temas de negociación.Estos temas fueron Acceso a Mercados, Agencia Comercial, Agricultura, Asuntos Ambientales, Asuntos Institucionales, Asuntos Laborales, Comercio Electrónico, Compras Públicas, Defensa Comercial, Fortalecimiento de la Capacidad Comercial, Inversión y Jurídica.También se fijaron mesas de negociación en Medidas Disconformes, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Obstáculos Técnicos al Comercio, Política de Competencia, Procedimientos Aduaneros, Propiedad Intelectual, Reglas de Origen, Servicios Financieros, Servicios Transfronterizos, Solución de Controversias, Telecomunicaciones y Textiles

-PRODUCTOS DE NEGOCIACION:
No habrá problemas con la papa, cebolla, trigo, cebada, flores, metalmecánica, artesanías, hortalizas, carbón.Se resuelven preocupaciones en maíz, pollo, porcicultura.Sogamoso, 25 feb. (SNE).
- Producto por producto, el presidente Álvaro Uribe Vélez inició un programa para despejar los temores y las preocupaciones de los ciudadanos y pequeños empresarios y cultivadores, sobre los beneficios y los riesgos que se correrían con el Tratado de Libre Comercio (TLC) que se negocia con los Estados Unidos.En el marco del Consejo Comunal de Gobierno número 126 realizado en Sogamoso (Boyacá), el Jefe de Estado solucionó una a una las inquietudes de los ciudadanos y despejó los temores sobre el fututo de los productos que cultivan o fabrican.El Mandatario señaló que Colombia está ad portas de culminar la negociación del TLC y que mantiene una permanente comunicación con los ministros de Comercio y Agricultura, Jorge Humberto Botero y Andrés Felipe Arias, y con el equipo negociador comandado por Hernando José Gómez.Uribe anunció que en las próximas semanas y en cada evento al que asista seguirá escuchando y resolviendo las preocupaciones de los ciudadanos sobre el TLC y les informará los beneficios del Tratado de Libre Comercio.“Voy a dedicar estas semanas a un diálogo con los colombianos sobre el TLC. El Gobierno está preparado para proceder con toda la franqueza, producto por producto”, reiteró.
-Papa: No debe haber preocupación para los productores porque la papa es un producto que no se comercializa internacionalmente en su estado fresco. Además, Estados Unidos no subsidia la papa a sus agricultores, y tercero, hay grandes posibilidades de exportar papa industrializada, especialmente la papa criolla o amarilla.Este tema ha sido permanentemente discutido con la Federación de Cultivadores de Papa (Fedepapa).
-Pollo: El beneficio: los avicultores se beneficiarán del maíz importado con cero arancel, para la alimentación de los pollos.-El riesgo: como los estadounidenses no consumen los muslos, estos son muy baratos. La estrategia es buscar primero, un largo período de desgravación; segundo, una cláusula de revisión a unos años y tercero, que cualquier importación la hagan entre los mismos avicultores de Colombia y Estados Unidos para que el ingreso que le llegue a los colombianos lo apliquen a erradicar la enfermedad de New Castel, que es una peste que no ha dejado a nuestros empresarios exportar pollo.
-Trigo y Cebada: El Presidente recordó que prácticamente el trigo y la cebada desaparecieron de Colombia a principios de los años 90, con la apertura, pero se mantienen dos focos de producción en Nariño y en Boyacá.El Gobierno les cumplió a los trigueros presentando en el Congreso un patrimonio que crearon los molineros, respaldado en una fiducia. Reiteró el compromiso del Gobierno de garantizar la compra de cosecha y en el momento de necesitarse un subsidio –que no se ve en el corto plazo- se entregaría.
-Cebolla larga: No tiene problema, por el contrario, tiene todas las posibilidades de exportación.-Artesanías: No se afectará el trabajo de los artesanos colombianos, como se cree erróneamente. Por el contrario, la artesanía quedará desgravada en los Estados Unidos y se facilita la exportación de artesanías colombianas. Además la pequeña empresa colombiana queda totalmente protegida en el TLC como lo ha informado el presidente de ACOPI, Juan Alfredo Pinto.
-Carne y Leche: Uribe dijo que en precios el país es altamente competitivo frente a los Estados Unidos. Inicialmente habrá la posibilidad de exportar una buena cantidad de queso pero para abrir totalmente el mercado estadounidense en carne y leche, se necesita avanzar mucho en el tema sanitario, especialmente demostrar que se ha erradicado la aftosa.-Hortalizas: Es un producto ampliamente beneficiado con el TLC.
-Maíz: Colombia consume 3,5 millones de toneladas al año, apenas produce un millón de toneladas y el resto lo importa. Con el TLC se debe facilitar la importación de lo que no producimos y garantizar la compra de la cosecha nacional.De los Estado Unidos se están importando cerca de 2 millones de toneladas y eso se seguirá importando. Hoy se está definiendo en las mesas de negociación un mecanismo para garantizar la absorción de la cosecha local.-Acero: El TLC beneficia a los productores de acero. El sector metalmecánica se estimulará para exportar.
-Carbón: El Mandatario dijo que lo que le está sucediendo a Colombia con el carbón es una aventura, y el TLC nos beneficia ampliamente. Lo que hay que hacer es mejorar las carreteras de Boyacá al río Magdalena para abaratar los costos de la exportación de este mineral desde Boyacá.-Insumos agrícolas: En el tema de los precios de los insumos agrícolas el Presidente señaló que desgraciadamente no se han podido bajar como lo ha querido el Gobierno.Se piensa que por la revaluación del peso deberían bajar de precio pero como son derivados del petróleo, no han bajado.“Ahí no hemos tenido solución y nada le pasa con el TLC porque el problema viene de atrás”, dijo.-Turismo: Se beneficia ampliamente. Uribe recordó que en 2002 al país llegaban unos 500 mil turistas extranjeros y en 2005 ingresaron más de 900 mil, es decir que se duplicó en lo corrido del Gobierno.“El TLC es inversión, el TLC obliga a mejorar la infraestructura, con el TLC no puede haber más disculpa para no hacer las dobles calzadas, para no mejorar la infraestructura.Si algo creo yo que se va a beneficiar Colombia del TLC y un departamento como Boyacá, es de visitantes extranjeros”, señaló.El turismo cuenta con unas exenciones tributarias para la construcción de nuevos hoteles, la remodelación de los actuales y la promoción del ecoturismo.-Frutas: En algunas regiones de Boyacá se produce manzana, ciruela, durazno pero no se prevé que Colombia llegue a ser exportador hacia los Estados Unidos, por dos motivos. Primero porque allá se produce y segundo, lo compran en Chile.Hay otras frutas de otros departamentos que sí se beneficiarán con el TLC.-Alcohol carburante y biodiesel: Se benefician totalmente del TLC. Si hoy Colombia tuviera para exportar de estos dos productos, nos lo comprarían todo.Ya están produciendo las 5 primeras plantas productoras de alcohol carburante en el Valle, Cauca y Risaralda, se están dando los últimos pasos para empezar la planta de la Hoya del Río Suárez, de interés para Boyacá y Santander.En cuanto a la panela, algo se ha mejorado el precio gracias al alcohol carburante pues en la medida en que se exporte más carburante, y el TLC nos abre las puertas, se podrá garantizarle a los paneleros que no los sigan arruinando.-Educación: No se afectará la calidad de la educación porque este tema no se toca en el TLC.“La soberanía de Colombia no se deja maltratar en el TLC, ni ellos van a intervenir en nuestra educación ni nosotros en la de ellos. Lo único que vamos a conseguir es acuerdos para certificar en Colombia profesionales de allá, y en Estados Unidos, profesionales colombianos”, garantizó el Jefe de Estado.-Productos de arcilla: En el caso de los productos de arcilla como los ladrillos, las tejas, en TLC no los afecta en nada. Al contrario, Estados Unidos está importando elementos para la construcción desde Colombia.-Porcicultura: Uribe dijo que hay un alivio y hay un riesgo. El alivio: es la reducción que se presentará en el precio del maíz pues ingresará de Estados Unidos con cero arancel.El riesgo: la desgravación para la importación de todos los productos puede ser a los cinco años.

-OPOSICION PARA EL TLC:
En un discurso ante el Departamento de Estado, el Presidente de Estados Unidos, George W. Bush, se dirigió al Congreso para pedirle la aprobación del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Colombia, así como fondos para una iniciativa de lucha antidrogas con México y América Central.El mandatario estadounidense solicitó la ratificación legislativa del TLC para ayudar al país sudamericano a luchar contra la guerrilla y contrarrestar la influencia del “antinorteamericano” gobierno venezolano de Hugo Chávez. El Presidente colombiano, Álvaro Uribe, "enfrenta un continuo insulto del grupo terrorista llamado FARC", recalcó Bush, y debe enfrentar asimismo la influencia de un vecino "antinorteamericano como Venezuela", añadió.La negativa del Congreso de aprobar este acuerdo puede ser vista como falta de apoyo de Estados Unidos a sus aliados, indicó el mandatario.Bush exhortó a la oposición, contraria por el momento al TLC, a considerar el proyecto que envió el mes pasado al Congreso, porque "si no lo hace, el acuerdo está muerto", sentenció. La decisión de los demócratas de suspender el plazo de 90 días para considerar el TLC con Colombia es "sin precedentes y extremadamente desafortunada", apuntó."Espero que cambie su parecer", dijo en alusión la presidenta de la Cámara de Representantes, la demócrata Nancy Pelosi, quien anunció la decisión de suspender el plazo.Por su parte, la Secretaria de Estado, Condoleezza Rice, refiriéndose al TLC colombiano y a otro TLC con Panamá también pendiente de aprobación legislativa, señaló que "los que más se beneficiarán con el rechazo a esos acuerdos serán quienes no comparten nuestros valores".Los demócratas aseguran que no aprobarán el pacto comercial con Bogotá a menos que Colombia exhiba mayores progresos en materia de derechos humanos. La Casa Blanca aún no ha enviado al Congreso el TLC con Panamá, ya que desea que primero se vote el texto colombiano.A su vez, Bush pidió al Legislativo "aprobar la totalidad" de los 1.550 millones de dólares solicitados por la Casa Blanca para financiar la Iniciativa Mérida de lucha antidrogas en cooperación con México y América Central.Bush, quien reconoció que la demanda de drogas en Estados Unidos es parte del problema del tráfico, defendió la Iniciativa Mérida como una "asociación de cooperación" con México y Centroamérica, y se comprometió a trabajar con el Congreso para tener aprobado el plan en lo que queda de su mandato, que finaliza en enero.Hondureños se oponen a firma de TLC con EE.UU.Tegucigalpa, 27 dic (PL) Representantes del Bloque Popular Hondureño, que agrupa a más de 30 organizaciones, exigieron hoy al parlamento de este país se abstenga de ratificar el Tratado de Libre Comercio (TLC) firmado con Estados Unidos.Frente a la sede del órgano legislativo, en el centro de Tegucigalpa, cerca de 200 manifestantes pidieron la no aprobación de ese acuerdo por que afectará a la mayoría de los hondureños, advirtieron.Los manifestantes también recogieron firmas entre los capitalinos para expresar su rechazo al TLC que la nación norteña impulsa con Centroamérica.Actualmente El Salvador es la única nación de esa zona latinoamericana cuyo poder legislativo ya ratificó el Tratado, no obstante la oposición de amplios sectores populares de ese país.Por otra parte desde Guatemala se conoció este lunes que Estados Unidos condicionó la aprobación del TLC suscrito con Centroamérica a que ese país derogue una ley acerca de la comercialización de medicamentos genéricos.Según trascendió el parlamento guatemalteco reformó a principios de diciembre la Ley de Propiedad Intelectual para permitir la libre comercialización de medicamentos y químicos agrícolas genéricos, sin acceder a peticiones de las grandes compañías sobre el derecho de patente.Estas últimas aseguran que esas reformas afectan a las farmacéuticas estadounidense y europeas, las cuales argumentan "elevados costos en la producción de los medicamentos".El TLC entre la potencia norteña y Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica fue signado el 28 de mayo de este año en la sede de la Organización de Estados Americanos (OEA), en Washington.Para que ese acuerdo entre en vigor, deberá ser ratificado por los Parlamentos de los países que lo firmaron.El Primero de Mayo se celebró con marchas multitudinarias caracterizadas por el repudio social a los tratados de libre comercio con Estados Unidos. Los TLCs que negocia la región o firmados ya con EEUU fueron el centro de las críticas en las manifestaciones de República Dominicana, Costa Rica, Guatemala, Honduras y El Salvador. En Ecuador, más de 10 mil obreros desfilaron por las calles de Quito gritando consignas contra el TLC, al igual que en Colombia.

INSTRUMENTOS DE POLITICA COMERCIAL


Aranceles

*Contingentes

*Subvenciones

*Restricciones administrativas

*Instrumentos de caracter monetario

*Monopolio estatal

ACUERDOS DE COMERCION INTERNACIONAL


  • ACUERDO COMERCIAL CON CHILE
    Fecha de inicio: 6 de diciembre de 1993
    paises que participan: Chile y Colombia
    Objetivo: establecer un espacio economico ampliando de conformidad con los establecidos en el tratado de montevideo en 1980 y eliminacion total de los aranceles para el 86% del comercio global.
  • ACUERDO COMERCIAL CON CUBA
    Fecha de inicio: 1980
    intercambio de tabaco y de arroz.
  • ACUERDO COMERCIAL CON PANAMA
    Fecha de inicio: 1982
    Se valoriso a un mas cuando Estados Unidos le entrego el canal a Panama, intercambio de productos del area Andina y derivados del petroleo.
  • ACUERDO COMERCIAL ALADI ´´ ACUERDO LATINOAMERICANO DE INTEGRACION ECONOMICA``
    Fecha de inicio: 1980
    lo conforman los siguientes paises: Colombia, Bolivia, Ecuador, Paraguay; Chilie, Peru, Uruguay, Argentina, Cuba y Mexico.
    Desarrollo comercial y economico de los paises integrantes basados en la disminucion de los aranceles.
  • AELC ´´ ASOCIACION EUROPEA DE LIBRE COMERCIO``
    Fundada en 1960 por los siguientes paises: Austria, Dinamarca, Noruega, Portugal, Suiza, Reino Unido, Finlandia e Islandia
  • AELI ´´ ACUERDO ECONOMICO DE LIBRE INTEGRACION``
    Fundado en 1960 por los siguientes paises: Francia, Suiza, Suecia, Gran Bretaña, Noruega, Portugal y Dinamarca.
  • ATPA
    El Andean Trade Preference Act (ATPA) no es un acuerdo comercial firmado por Colombia sino una ley de un país externo que favorece las exportaciones nacionales. Sin embargo, se ha decidido hablar del tema por la importancia que tiene para la economía nacional.El ATPA, o Ley de preferencias arancelarias andinas, es una parte del programa “Guerra contra las drogas” que el Presidente de los Estados Unidos, George H. W. Bush, expidió el 4 de diciembre de 1991, para compensar a los países andinos la lucha contra los cultivos de coca y amapola y contra el narcotráfico. La ley se hizo efectiva para Colombia en julio de 1992. Oficialmente el objetivo principal del ATPA es la creación de empleos, por medio de la diversificación y el aumento del comercio con los Estados Unidos por parte de los países beneficiados, como un método para alejar a las personas de la producción y el tráfico ilegal de drogas.El ATPA, elimino total o parcialmente los aranceles de aproximadamente 6.100 productos, sin límitar las cantidades que pueden ser exportadas.La ley original venció el 4 de diciembre de 2001 para aquellos productos que no pagaban ningún tipo de arancel, pero permaneció vigente para aquellos que tenían un arancel reducido.
  • ATPDEA
    El 1 de agosto de 2002 se aprobó en el Congreso de los Estados Unidos una ley que prorroga y amplía las preferencias del ATPA, denominada Ley de preferencias arancelarias andinas y de erradicación de drogas (ATPDEA). Mediante esta ley se otorgan preferencias, hasta el año 2006, a los artículos anteriormente cobijados por el ATPA, a la vez que se extienden dichas preferencias a productos como las confecciones, el petróleo y sus derivados, el calzado y las manufacturas de cuero, el atún, algunos azúcares, etc. Sin embargo, para que los productos recién incluidos puedan ser cobijados por el ATPDEA, el Gobierno Federal de los Estados Unidos debe determinar si Colombia cumple con los criterios de elegibilidad establecidos.

CONTRATOS COMERCIALES

Es un acuerdo de dos o más partes para constituir, regular o extinguir entre ellas una relación jurídica, patrimonial, y salvo estipulaciones en contrario; se entendera celebrado en el lugarde residencia del proponente y en el momento en el que este reciba la aceptación de la propuesta. Los comerciantes podrán expresar su voluntad de contratar u obligarse voluntariamente ya sea verbal o de forma escrita

*Contrato de Sociedad:
Según el código de comercio articulo 98, por el contrato de sociedad 2 o más personas se obligan a hacer un aporte, un dinero, en trabajo u otros bienes apreciables en dinero con el fin de repartirse entre si las unidades obtenidas en la empresa o actividad social.Contrato de trabajoSegún el concepto sustantivo del trabajo: es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinacion de la segunda y mediante la remuneracion. Quien presta el servicio de nomina se denomina trabajador, quien lo recibe remunera, empleador, y la remuneracion, cualquiera que sea su forma salario.

*Contrato de compraventa internacional
Es un texto impreso con las condiciones generales de venta y util para las empresas pequeñas o medianas que se dedican a exportar. Tambien es una de las modalidades mas usadas en la practica del comercio internacional, regida las obligaciones del vendedor y del comprador. Es conveniente que el contrato incluya un conjunto especifico de materias. Contrato de compraventaEs aquel en que une las partes (vendedora) se obliga a la entrega una cosa determinada y la otra (comprador) a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente.Contrato de arrendamiento de local comercialUn comerciante que tenga un establecimiento de comercio en arrendamiento, tiene derecho a una ves vencido el contrato el arrendador le renueve el contrato de arrendamiento. Lo que busca la ley es evitar que el arrendador intente despojar de un local posicionado para luego el arrendador montar un negocio igual, beneficiándose del trabajo anterior del arrendamiento.

*Contrato de suministro
Es un contrato mediante el cual el suministrador se obliga a realizar en el tiempo una serie de prestaciones, determinadas o indeterminadas, a cambio de un precio que puede ser unitario o por cada prestacion unitario. Su función economica consiste en satisfacer las necesidades que tiene el suministrador de recibir determinadas cosas, muebles sin tener que estipular tantos contratos como periodos de necesidad que tenga.

*Contrato de prestacion de servicios
Es un formato de contrato de servicios profesionales independientes que se celebra de manera bilateral entre una empresa y una persona especialisada en algun tema especifico. Sirve cuando se desea adelantar de forma legal, la contratacion de una o varias personas para que adelante laborales profesionales por prestacion de servicios independientes.

*Contrato de franquicia
Es un contrato entre una parte denominada franquiciador y otra denominada el franquiciado en donde el primero le permite al ultimo explotar su negocio y hacer el mercadeo de un proiducto o servicio bajo su nombre o bajo su marca, contra el pago de un derecho de entrada o regalias o ambos por un termino y un territorio determinado. El franquiciado hace inversion necesaria para el negocio, es independiente y no esta subordinado al franquiciador. La independencia se traduce en que cada parte tiene su proposito, empleados, tiene una inversion propia y asume en general sus propios riesgos.

*Contrato de licencia de know-how
El know-how es el conjunto de conocimientos tecnicos, industrial y comercial que son secretos y que permiten a su titular una oportunidad de obtener una ventaja competitiva sobre quienes lo poseen. Mediante un contrato de licencia de know-how, el titular propietario del secreto industrial concede a una persona natural o juridica la facultad de usar ese conocimiento durante un termino establecido y sujeto a las condiciones que determinen las partes siempre y cuando no implique una restriccion a la libre competencia. Este contrato debe ser aprobado por el ministerio de comercio exterior.

*Contrato de licencia de uso de marcas
Es el acuerdo que celebra el propietario registrado de una marca de fabrica o de servicios registrada en Colombia (llamada el licenciante), y el fabricante de los productos protegidos por dicha marca (llamado el licenciatario) cuyo objeto es permitir al fabriacnte usar la marca de los productos que fabrique, es decir mara car los producto, comercializarlos bajo la marca comercial.

*Contrato de outsourcingOutsourcing
Tercerisacion (tambien llamado comercialisacion), es una tecnica inovadora de administracion, consiste en la transferencia a terceros de ciertos procesos que no forma parte del giro principal de negocios, permite los esfuerzos en las actividades esenciales con el fin de tener resultados tangibles. Se fundamenta en un proceso de gestion que implica cambios estructurales en aspectos como la cultura, procedimientos, sistemas, controles y tecnologia el cual el objetivo es obtener mejores resultados. Se puede definir como la contratacion de servicios que busca agilisar o comercializar los procesos productivos. La importancia radica en que esta pretende concentrar los esfuerzos de la compañia en las activides comerciales principales del giro de negocios.

*Contrato de consignacion
El contrato de consignación es un contrato comercial, regulado por el Código de comercio Colombiano, el cual consiste en que una empresa (Comitente o consignante) entrega a otra (Consignataria) mercancías para que esta ultima las comercialice.

*Contrato de prenda
El contrato de prenda no es un contrato comercial, sino civil, por lo que su regulación esta contenida en el código civil, del cual se extraen los artículos pertinentes.

*Contrato de mutuo
Es mutuoun contrato bilateral (mutuante y mutuario) con el que una de las partes entrega un dinero a la otra, dando un plazo para que sea cancelado, con sus respectivos intereses, y constituyendo una hipoteca como garantía de pago.

*Contrato de permuta
El contrato de permuta se caracteriza porque ser consensual pues se perfecciona por el acuerdo de voluntades sobre las cosas a cambiar; es bilateral toda vez que nacen obligaciones recíprocas para las partes; es oneroso, es decir que ambas partes persiguen una utilidad, gravándose cada una de las partes en beneficio de la otra; Es conmutativo por cuanto las obligaciones que aparejan deben ser equivalentes; es principal pues este subsiste por si solo y es solemne cuandose requiere para su perfeccionamiento elevar a escritura pública el contrato.

*Contrato de comodato
El Código Civil, define el contrato de comodato en los siguientes términos:“ART. 2200.—El comodato o préstamo de uso es un contrato en que la una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie mueble o raíz, para que haga uso de ella y con cargo de restituir la misma especie después de terminar el uso.Este contrato no se perfecciona sino por la tradición de la cosa”. (Negrilla fuera de texto).El profesor José Alejandro Bonivento Fernández en su obra “Los principales contratos civiles”, señala sobre los antecedentes de este contrato:“Desde el Derecho Romano es conocida la figura del préstamo de uso. Surgía cuando entre amigos o vecinos se entregaba una cosa no consumible para que usaran de ella, a título gratuito, con la obligación de restituirla. Revestía el carácter de “intuito personae”.

*Contrato de deposito
El Código Civil define el contrato de depósito como aquel “en que una de las partes entrega a la otra una cosa corporal o mueble para que la guarde, y la restituya en especie, a voluntad del depositante”. El contrato de depósito es un contrato real en la medida que se perfecciona con la entrega de la cosa al depositario.Valga precisar que por su naturaleza el contrato de depósito mercantiles remunerado y el civil gratuito. No obstante, en este último caso,si se estipula remuneración el contrato deviene en un arrendamiento deservicio, el cual está sujeto en lo relativo a quien presta el servicioa las obligaciones y derechos del depositario excepto en lo relativo a la responsabilidad,pues en este caso ella se extiende hasta la generada en culpa leve.

*Contrato de leasing
En sentido amplio, el leasing es un contrato mediante el cual una parte entrega a la otra un activo para su uso y goce, a cambio de un canon periódico, durante un plazo convenido, a cuyo vencimiento, el bien se restituye a su propietario o se transfiere al usuario, si éste último decide ejercer una opción de adquisición que, generalmente, se pacta a su favor.La denominación “leasing” es una palabra en inglés, que viene del verbo “to lease” que significa “tomar o dar en arrendamiento”, pero que no recoge de manera suficiente la complejidad del contrato, al ser especial y diferente al simple arriendo; sin embargo, la legislación y doctrina mundial, incluida Colombia, lo ha nominado “leasingEn sentido amplio, el leasing es un contrato mediante el cual una parte entrega a la otra un activo para su uso y goce, a cambio de un canon periódico, durante un plazo convenido, a cuyo vencimiento, el bien se restituye a su propietario o se transfiere al usuario, si éste último decide ejercer una opción de adquisición que, generalmente, se pacta a su favor.La denominación “leasing” es una palabra en inglés, que viene del verbo “to lease” que significa “tomar o dar en arrendamiento”, pero que no recoge de manera suficiente la complejidad del contrato, al ser especial y diferente al simple arriendo; sin embargo, la legislación y doctrina mundial, incluida Colombia, lo ha nominado “leasing

*Contrato de fianza
La fianza es una obligación accesoria, en virtud de la cual una o más personas responden de una obligación ajena, comprometiéndose para con el acreedor a cumplirla en todo o en parte, si el deudor principal no la cumple.La fianza puede constituirse no sólo a favor del deudor principal, sino de otro fiadorLa fianza es una obligación accesoria, en virtud de la cual una o más personas responden de una obligación ajena, comprometiéndose para con el acreedor a cumplirla en todo o en parte, si el deudor principal no la cumple.La fianza puede constituirse no sólo a favor del deudor principal, sino de otro fiador.

*Contrato de mandato
El Contrato de mandato es un contrato civil, que consiste en que una empresa (Mandante) entrega a otra empresa (Mandatario) la gestión de uno o más negocios a cuenta y riesgo del mandante.Respecto a quien tiene la obligación de facturar, si el mandante o el mandatario, se debe tener en cuenta que la enajenación (venta) final de los productos resultantes de la administración del negocio del mandante, es realizada por el mandatario, por lo que es éste quien debe emitir la respectiva factura por los bienes del mandante que enajene.

*Contrato de hipoteca
La hipoteca, según el código civil colombiano, es un derecho de prenda constituido sobre bienes inmuebles, que por el hecho de estar hipotecados, no dejan de permanecer en poder del deudor.Dicho de otra manera, la hipoteca es un derecho real que recae sobre un bien inmueble, que aunque permanezca en poder del deudor o de quien constituye la hipoteca, da derecho al acreedor para perseguir el bien hipotecado, en caso de que el deudor incumpla la obligación por la cual sirvió de garantía el bien hipotecado.La hipoteca se constituye precisamente para garantizar una obligación o deuda. Quien adquiere una obligación o una deuda, garantiza al acreedor esa deuda u obligación con un bien inmueble, constituyendo para ello la hipoteca sobre dicho bien. Aquí vemos que surgen dos contratos, el contrato mediante el cual surge la obligación o deuda, y el contrato de la hipoteca, por lo que este último resulta ser un contrato accesorio del primero.La hipoteca debe necesariamente constituirse mediante escritura pública, y si es el caso, tanto la hipoteca como el contrato principal, se pueden hacer en la misma escritura, pues así lo establece el artículo 2434 del código civil Colombiano.La hipoteca deberá inscribirse en el Registro de instrumentos públicos, pues este requisito es esencial para que la hipoteca tenga validez legal, tanto así que la hipoteca no se entenderá constituida sino a partir de la fecha en que se realice tal inscripción

*Contrato de Anticresis
Es el contrato mediante el cual se le entrega a un acreedor un bien raíz para que se pague con los frutos que éste produce.

*Contrato de transporte
El contrato de transporte, se define como aquel por medio del cual una persona natural o jurídica, se compromete para con otra u otras, al traslado de personas o cosas de un lugar a otro.

*Contrato de comision
Asesoría e intermediación en el mercado primario y secundario, para la compra y venta de títulos valores inscritos en la BVC (Bolsa de Valores de Colombia), ya sean de contado o a plazo, con el objeto de estructurar portafolios de inversión diversificados y líquidos de acuerdo a las necesidades de nuestros clientes.CC

*Contrata de proposicion
Es un contrato por medio del cual un comerciante (preponente) encarga la administración de un establecimiento de comercio, o de una parte del mismo, a otra persona llamada factor (Art. 1332 del Código de Comercio).

*Contrato de agencia comercial
La agencia comercial es un contrato por medio del cual una persona llamada “empresario”, encarga a otra denominada “agente”, para que promueva o explote sus productos o negocios en un determinado territorio, actuando en forma independiente y estable como representante, agente, fabricante, o distribuidor de uno o varios productos del mismo. El empresario puede ser nacional o extranjero (Artículo 1317 Código de Comercio

*Contrato de edicion
El contrato de edición es un acuerdo de voluntades en virtud del cual el titular de los derechos patrimoniales de una obra literaria o artística se obliga a entregarla a un editor quien a su turno se compromete a publicarla mediante su impresión gráfica o propagarla y distribuirla por su cuenta y riesgo (Artículo 105 de la Ley 23 de 1982). Así el contrato de edición se convierte en una clara disposición del autor sobre sus derechos patrimoniales, como la reproducción y la distribución de ejemplares.Ley 23 de 1982, artículo 105: “Por este contrato el titular del derecho de autor de una obra literaria, artística o científica, se obliga a entregarla a un editor que se compromete a publicarla mediante su impresión gráfica o propagarla y distribuirla por su cuenta y riesgo.

*Contrato de seguro
El contrato de seguro permite poner por escrito las cláusulas y las obligaciones a respetar para cada una de las partes. Es importante tomar conciencia que un contrato no es el asunto solamente de un asegurador, y también el vuestro. No es porque el asegurador conoce su contrato que usted es inferior.

*Contrato de corretaje
Es un contrato mediante el cual es posible formalizar una relación de intermediación o corretaje para la venta de un bien.El contrato incluye las cláusulas necesarias para celebrar a buen término el contrato, entre ellas están:- Objeto- Condiciones del bien- Obligaciones de los contratantes- Remuneración- Terminación- Cláusula compromisoria.

*Contrato de hospedaje
Sera mercantil cuando el alojamiento y servidos accesorios se presten por empresa dedicadas a esa actividad. Este se ajustara al reglamento que expida el funcionario u organismos que determinen el gobierno.

ENTIDADES EJECUTADORAS

Banco de la republica

*Banco de comercio exterior Colombiano ´´BANCOLDEX``

*Camara de comercio colombiana

*Aeronautica civil

*Proexport colombia

*Superintendencia de industria y comercio

*Superintendencia nacional de puertos

*Asociacion nacional de industriales ´´ANDI``

*Asociacion nacional de exportadores ´´ANALDEX``

*Corporacion de ferias y exposiciones ´´CORFERIAS``

*Sociedades de intermediacion aduanera ´´SIA``

ENTIDAD NORMATIZADORAS DE COLOMBIA

Las Entidades Normatizadoras En Colombia son aquellas de caracter oficial que tiene como finalidad crear normas para el control de los procesos de exportación e importación.Estas normas deben estar de acuerdo con la política comercial que el Estado diseña para fortalecer la economía nacional.Las entidades que componen este grupo son las siguientes:

*DIAN: Está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Función Garantizar la seguridad fiscal del Estado colombiano y la protección del orden público económico nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.

*Ministerio de Defensa Nacional: Participar en la definición, desarrollo y ejecución de las políticas de defensa y seguridad nacionales, para garantizar la soberanía nacional, la independencia, la integridad territorial y el orden constitucional, el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio y el derecho de libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz. Contribuir con los demás organismos del Estado para alcanzar las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos, obligaciones y libertades públicas. Coadyuvar al mantenimiento de la paz y la tranquilidad de los colombianos en procura de la seguridad que facilite el desarrollo económico, la protección y conservación de los recursos naturales y la promoción y protección de los Derechos Humanos.

*Ministerio de Comercio Industria y Comercio: Su función es apoyar la actividad empresarial, productora de bienes, servicios y tecnología, así como la gestión turística de las regiones del país, con el fin de mejorar su competitividad, su sostenibilidad e incentivar la generación de mayor valor agregado, lo cual permitirá consolidar su presencia en el mercado local y en los mercados internacionales, cuidando la adecuada competencia en el mercado local, en beneficio de los consumidores y los turistas, contribuyendo a mejorar el posicionamiento internacional de Colombia en el mundo y la calidad de vida de los colombianos.

*Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Participar en la definición y dirigir la ejecución de la política económica y fiscal del Estado. Coordinar con la Junta Directiva del Banco de la República las políticas gubernamentales en materia financiera, monetaria, crediticia, cambiaria y fiscal. Coordinar, dirigir y regular la administración y recaudación de los impuestos que administra la Unidad Administrativa Especial, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; y regular de conformidad con la ley, la administración y recaudo de las rentas, tasas, contribuciones fiscales y parafiscales, multas nacionales y demás recursos fiscales, su contabilización y gasto. Elaborar informes y estudios sobre evasión tributaria y aduanera. Prevención, aprehensión y represión del contrabando y del lavado de activos. Emitir y administrar títulos valores, bonos, pagarés y demás documentos de deuda pública. Administrar el Fondo de Organismos Financieros Internacionales -FOFI- creado por la Ley 318 de 1996.21. Custodiar y conservar los títulos representativos de valores de propiedad de la Nación y los títulos constituidos a su favor de cualquier naturaleza. Fijar las políticas de financiamiento externo e interno de la Nación, de las entidades territoriales y de las entidades descentralizadas, registrar y controlar su ejecución y servicio, y administrar la deuda pública de la Nación. Ejercer las demás atribuciones que le confiera la ley o le delegue el Presidente de la República.

*Ministerio de Relaciones Exteriores: Es la entidad encargada de dirigir y coordinar la política exterior y las relaciones diplomáticas de Colombia; su titular es designado y puede ser libremente removido por el Presidente de la República y hace parte del gabinete de ministros, con el segundo lugar en el orden de precedencia, detrás del ministro del Interior y de Justicia. El ministerio es conocido coloquialmente como Cancillería y funciona en el Palacio de San Carlos, en Bogotá.

*Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural: Dentro de sus funciones estan: Orientar y dirigir la formulación de los planes, programas y proyectos que requiere el desarrollo del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, y en general de las áreas rurales del país. Presentar los planes y programas del sector que deban ser incorporados al Plan Nacional de Desarrollo. Preparar y presentar al Congreso de la República, de acuerdo con la agenda legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley relacionados con las funciones del sector. Definir, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Comercio Exterior, la negociación o convenios internacionales del sector. Crear, organizar, conformar y asignar responsabilidades a grupos internos de trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por el Ministerio, y designar al funcionario que actuará como coordinador de cada grupo. Dirigir y coordinar lo relacionado con el Control Interno Disciplinario. Las demás previstas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan o le sean delegadas por el Presidente de la República.

*Ministerio de Protección Social: Es por excelencia un ente regulador y fija normas y directrices en materia de Protección Social. Además de esto tendrá como objetivos primordiales la formulación, adopción, dirección, coordinación, ejecución, control y seguimiento del Sistema de la Protección Social, establecido en la Ley 789 de 2002, dentro de las directrices generales de la ley, los planes de desarrollo y los lineamientos del Gobierno Nacional.

*Ministerio de Cultura: Es la entidad rectora del sector cultural colombiano y tiene como objetivo formular, coordinar, ejecutar y vigilar la política del Estado en materia cultural, deportiva, recreativa y de aprovechamiento del tiempo libre. En nuestra organización actuamos de buena fe, con integridad ética y observamos normas vigentes en beneficio de la comunidad, los clientes y de nosotros mismos.

*Ministerio de Minas y Energía: Adoptar la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, beneficio, transformación y distribución de minerales e hidrocarburos, así como la política sobre generación, transmisión, interconexión, distribución y establecimiento de normas técnicas en materia de energía eléctrica, sobre el uso racional de energía y el desarrollo de fuentes alternas, y en general, sobre todas las actividades técnicas, económicas, jurídicas, industriales y comerciales relacionadas con el aprovechamiento integral de los recursos naturales no renovables y de la totalidad de las fuentes energéticas del país en concordancia con los planes generales de desarrollo ; Propender que las actividades que desarrollen las empresas del sector minero-energético garanticen el desarrollo sostenible de los recursos naturales; Señalar los requisitos técnicos que deben cumplir las obras, equipos y procedimientos que utilicen las Empresas de Servicios Públicos del sector minero-energético, cuando la comisión respectiva haya resuelto por vía general que ese señalamiento es realmente necesario para garantizar la calidad del servicio, y que no implica restricción a la debida competencia; Velar por que se cumplan las disposiciones legales y los tratados, acuerdos y convenios internacionales relacionados con el sector minero-energético y sobre seguridad nuclear, protección física, protección radiológica y salvaguardias.

*Ministerio de Transporte: Garantizar un sistema nacional de transporte integrador, competitivo y seguro, que satisface las necesidades de los usuarios y partes interesadas. Formular, adoptar y realizar seguimiento a las políticas, regulaciones técnicas y económicas, y expedir autorizaciones en materia de transporte, tránsito e infraestructura, acordes con las necesidades del país. Administrar el talento humano garantizando la competencia, el bienestar y desarrollo de los servidores públicos. Administrar los recursos financieros, administrativos y tecnológicos con criterios de austeridad y transparencia. Adoptar y mantener un sistema de gestión de la calidad que permite la estandarización y el mejoramiento continuo de los procesos del Ministerio de Transporte.

*Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial: El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial es la entidad pública del orden nacional rectora en materia ambiental, vivienda, desarrollo territorial, agua potable y saneamiento básico que contribuye y promueve acciones orientadas al desarrollo sostenible, a través de la formulación, adopción e instrumentación técnica y normativa de políticas, bajo los principios de participación e integridad de la gestión pública.

martes, 27 de mayo de 2008

ENTIDADES REGULADORAS

CONSEJO SUPERIOR DEL COMERCIO EXTERIOR COLOMBIANO:Esta conformado por los representantes de cada ministerio y de cada ministerio y de gerentes de identidades particulares, su funcion es mirar el desarrollo economico del pais y crear ideas para el mejoramiento del mismo.

-DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION:Se encarga de planear y ejecutar todas las actividades, fisicas, coerciales y economicas donde intervenga el Estado.

-INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO "ICA":Su funcion es regular y controlar la importacion y la exportacion del area agricola en el sector primario o estractivo.

-INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TECNICAS "ICONTEC":Diseña normas para las empresas.-INSTITUTO NACIONAL PESCA Y ACUICULTURA "INPA"Regula la cria de pese y su funcion es la comercializacion de peses vivos y pescacos muertos.

-INSTITUTO NACIONAL PARA LA VIGILACION DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS "INVIMA":Es el que otorga el permiso para la comercializacion de medicamentos y alimentos.-INSTITUTO GEOGRAFICO AGUSTIN CODAZZISe encarga de llevar los registros a nivel nacional de todo el territorio colombiano.

-FIDUCIARIA DE COMERCIO EXTERIOR "FIDUCOLDEX":Se encarga de proporcionar capital para aprobar los procesos de importacion y exportacion.

NOCIONES DE COMERCIO

Comercio: Realizar actividades comerciales que procuran lograr los objetivos de una organización mercantil, anticipandose a las necesidades del cliente orientado un flujo de bienes y servicios a la satisfacción de necesidades y deseos de los consumidores.

Comerciante: Persona natural o jurídica que realiza actividades comerciales que tiene por objeto el intercambio de bienes o servicios.

Persona Natural: Es toda persona común y corriente que no está organizada jurídicamente y no ha efectuado el respectivo registro mercantil.

Persona Jurídica: Es toda persona que se ha organizado jurídicamente constituyendo una asociación y registrando una actividad mercantil según la ley.

Comercio Interno: Son las actividades mercantiles realizadas en determinada región donde son elaborados y comercializados productos y servicios para satisfacer necesidades locales.

Comercio Inter-Regional: Son las actividades mercantiles realizadas entre dos o más regiones, las cuales producen bienes y servicios de mutuo interés y para la satisfación de las necesidades de ambas regiones.

Comercio Exterior: Son las normas que cada país diseña a su política comercial con relación a sus bienes o servicios, que pretende comercializar en el mercado mundial. (Regulación del mercado local con respecto al exterior).

Comercio Internacional: Son las actividades comerciales realizadas entre dos o más países bajo las normas y disposiciones que regulan el intercambio de bienes y servicios en donde la mayoría de las veces están consideradas en acuerdos de comercio internacional.